Prohíbe INE llamar a Morena “narcopartido”

La autoridad electoral advierte que la libertad de expresión tiene límites cuando se imputan delitos graves sin sustento probatorio, por lo que las califica como calumnia electoral.

Ciudad de México/VdM, 18 de junio

 

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ha emitido diversas resoluciones en las que ordena a actores políticos y partidos de oposición retirar de redes sociales y otros espacios cualquier publicación que vincule al partido Morena con el crimen organizado o que lo califique como “narcopartido”.

El 17 de junio de 2026, el INE ordenó al Partido Acción Nacional (PAN) eliminar más de 40 publicaciones en redes sociales donde se vinculaba a Morena con el narcotráfico.

La orden incluye contenidos difundidos por el dirigente nacional del PAN, Jorge Romero, y por el Comité Directivo Estatal en Chiapas.

El INE, en repetidas ocasiones  ha considerado que dicjas expresiones pueden constituir calumnia electoral, ya que implican la imputación de un hecho delictivo sin pruebas que lo sustenten, lo cual genera un impacto indebido en el proceso democrático.

El INE y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) han reiterado que, si bien la libertad de expresión es un derecho fundamental, esta tiene límites cuando se trata de la imputación directa de delitos graves sin sustento probatorio durante el debate público.

En casos previos, se ha ordenado incluso retirar estas menciones de versiones estenográficas y videos de debates oficiales.

El Instituto ha aclarado que no actúa como autoridad ministerial ni judicial; por lo tanto, no le corresponde determinar si existen vínculos delictivos en términos penales.

Su labor se limita exclusivamente a sancionar aquellas expresiones dentro de la contienda política que contravienen las normas electorales vigentes respecto a la calumnia.

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